Agradezco la colaboración del Mtro. Jhonatan López Samperio
Abordo dos temas que, estimo, pueden suscitar reclamos de los Estados Unidos de América en el sector telecomunicaciones: el regulador autónomo y CFE Telecomunicaciones.
1. El regulador autónomo
En colaboración previa desarrollé el por qué transferir las funciones del IFT a una dependencia del Ejecutivo Federal, como sería la Agencia de Transformación Digital, contravendría la obligación asumida en el artículo 18 del TMEC, consistente en contar con un regulador “independiente” que, además, sea “autónomo” respecto del Poder Ejecutivo, lo que se incumpliría con la Agencia en cuestión que, al tener rango de secretaría de estado, carecería de personalidad propia distinta de la del Ejecutivo, al que estaría naturalmente subordinado.
Nominal vs. real. También expliqué que no basta con decir que será independiente en relación con tales o cuales cuestiones, sino que la independencia tendría que materializarse en disposiciones que le otorgaran autonomía técnica, presupuestaria y de gestión, a más de que el órgano unipersonal o colegiado (mejor colegiado) tuviese mandato temporal definido e irrevocable (salvo causa grave), remuneración apropiada e invariable y, fundamentalmente, la experiencia acreditada para desarrollar sus funciones.
En ese sentido, considero que, como mínimo, el nuevo regulador podría ser un órgano desconcentrado de la Agencia, como lo fue Cofetel respecto de la SCT. Pero…
Pacta sunt servanda. El T-MEC, como todo pacto multilateral, no puede estar a lo que una sola de las partes quiera. En realidad, es posible que Estados Unidos (y Canadá) no aceptasen el planteamiento de reforma y exijan se cumpla lo firmado, a saber, que el regulador sea o siga siendo un órgano autónomo (inclusive a nivel constitucional), dado que cualquier otro modelo pudiese menguar las garantías a los intereses de sus nacionales. La consecuencia de que México persistiera en su voluntad de reforma constitucional, bajo el argumento indiscutible de la soberanía, llevaría a un escenario difícil de anticipar, excepto que la confrontación e incertidumbre dañarían las inversiones en el sector.
Carta ganadora. Uno de los significados de “trump” es, hablando de naipes, el de “carta o jugada ganadora”. Es cierto que el pragmatismo suele guiar las relaciones internacionales y, en este caso, pudiera llevar a la prevalencia del modelo planteado en el dictamen de reforma constitucional conocido, habida cuenta de que, por ejemplo, se solucionaran algunos de los puntos más sensibles a empresas estadounidenses, como el alto costo del espectro, la todavía elevada concentración en el mercado móvil, obstáculos al despliegue de redes, etc.
No obstante, sería incauto suponer que Estados Unidos simplemente se allanará a lo que México diga. Máxime si pueden usar éste y otros tópicos como medida de presión en relación con cuestiones de su mayor interés, v. gr. migración, crimen organizado, narcotráfico, etc.
La fuerza de la Agencia. Circuló en medios la versión de que las facultades del IFT en materia de competencia económica ya no pasarían a la Agencia, sino que se concentrarían en la autoridad que sustituya a Cofece (como era en el desconcentrado Cofeco de la Secretaría de Economía hasta 2013). Esto no obstante que el dictamen publicado por Diputados el 8 de noviembre todavía se las daba a la Agencia.
Una Agencia sin facultades en competencia económica nacerá como una autoridad cercenada, respecto de lo que ha sido el IFT, e incapaz de incidir decisivamente en el curso del sector, como sí lo hizo el IFT, toda vez que le serían ajenas las cada vez más importantes cuestiones de competencia económica, como declaraciones de poder de mercado, detección y sanción de conductas anticompetitivas (monopólicas), por no decir las declaraciones de preponderancia y las obligaciones concomitantes. Respecto de éstas, los análisis y conclusiones de la Agencia tendrían el carácter de meras recomendaciones a ser aceptadas o desechadas por la autoridad de competencia económica (que estaría adscrita a la Secretaría de Economía).
Huelga decir que, más allá de aspectos técnicos o de desarrollo institucional que me interesa resaltar aquí, la asunción de esas atribuciones por la Secretaría de Economía le daría un peso e influencia enormes ante grandes corporaciones, con las consecuentes implicaciones políticas.
Finalmente, cabe indicar que la atracción de las facultades de competencia económica en telecomunicaciones a la Secretaría de Economía, directamente o mediante órgano adscrito a ella, fortalecería el reclamo de Estados Unidos y Canadá de que dicha nueva autoridad fuera independiente/autónoma, toda vez que hoy día las facultades de competencia económica en telecom las ejerce el órgano autónomo IFT, expresamente previsto con ese carácter en el T-MEC, lo que no sucede con la Cofece, cuya autonomía no es reconocida explícitamente por el Tratado.
A todo esto. Falta puntualizar que el problema sobre la independencia/autonomía del nuevo regulador de telecomunicaciones se circunscribe a aquello que está pactado en el T-MEC, esto es, la regulación de las telecomunicaciones. En adición a lo anterior, la nueva Agencia de Transformación Digital tendría otras muy relevantes funciones, como la cédula digital de identidad, así como la masiva digitalización de trámites; tocante a ello el T-MEC no pide que haya independencia/autonomía. En estas materias puede y debe ser una autoridad centralizada y subordinada al Ejecutivo. Por esto es que la regulación de telecom pudiese, como mínimo, delegarse a un desconcentrado de la propia Agencia.
*El autor es excomisionado del Instituto Federal de Telecomunicaciones
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